Cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios - CTS
Las cuentas CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) son depósitos efectuados por orden expresa de un empleador a nombre de un tercero que ostenta la condición de trabajador de la misma. Dichos depósitos se constituyen en cumplimiento a lo establecido en los D.S Nº 001-97-TR y 004-94 TR y tienen la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese de servicios de un trabajador. Por tanto, su disposición o uso se limita a lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia.
Durante toda su vigencia, una cuenta CTS posee un Saldo Contable , un monto de Libre Disponibilidad y un Interés acumulado en el mes. El monto máximo de libre disponibilidad es un porcentaje (generalmente el 50%) de la suma del capital más intereses generados por cada uno de los depósitos realizados por el empleador.
¿Para quiénes está dirigido?
Dirigido a trabajadores dependientes del sector público o privado.
Beneficios
- Tasas de interés de hasta 1.50% anuales en soles.
- Sin costos por mantenimiento de cuenta.
- Traslada tu CTS a nuestra entidad de forma rápida y sin demoras.
"La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la ley Nº 29888 y el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3274-2017".
Requisitos para la apertura de una Cuenta de CTS.
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Personas Naturales
- Carta dirigida a tu empleador, solicitando el traslado de tu depósito CTS a Caja Sipán.
Tasa en Moneda Nacional y en Moneda Extranjera
Descripción | % de Valor de Tasa Anual |
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Moneda Nacional - CTS | 1.50% |
Moneda Extranjera - CTS | 0.90% |
Tarifario :
Contrato :
Cartilla :
Ahorros Orden de Pago
- Ultimas Boletas y/o facturas de compra o venta de mercadería del negocio.
- Copia de DNI (Titular / Conyugue)
- Copia de titulo de propiedad inscrito en registros públicos